Gremio relacionado con Maquinaria Pesada. Promueve recuperación y renovación del parque industrial. Facilita el uso del programa de costos. Apoya métodos de financiamiento para: la adquisición de activos, importación y nacionalización; depósitos “inbond” y el desarrollo del mercado de alquileres de maquinaria pesada. Actua con el sistema financiero y coordina con el Gobierno para definir estadísticamente el déficit de Maquinaria. Desarrolla el alquiler con opción a compra.
Tuesday, August 26, 2008
Presentacion de los programas LOCTI-CENTRATEC y Ventas Concertadas
Por ante la Camara Minera de Venezuela, en fecha del dia de hoy, se hizo la introducción ante CAMIVEN de los programas gremiales de la AVMP: .-LOCTI-CENTRATEC. .-VENTAS y SOLUCIONES Concertadas para Renovación de Parques de Maquinarias.-
Venezuela Forex Board Increases Dollar Sales For Machinery
Venezuela Forex Board Increases Dollar Sales For Machinery CARACAS -(Dow Jones)- Venezuela increased by 17% its sale of dollars at the official exchange rate to importers seeking to bring heavy machinery into the country in the first half of the year against the same period in 2007, the government said in an official press release. The Cadivi currency board, which is responsible for deciding which companies can buy dollars at the official peg of 2.15 bolivars, said that in the first half of this year it has sold $857 million for heavy machinery imports. The 17% increase is below the 23% increase in total dollar sales by Cadivi for imports in the first half of 2008 against the same period a year ago. Companies and individuals that don't receive approval to buy dollars at the official rate have to turn to the black market, where they must currently pay a hefty premium. Venezuela imposed capital controls in 2003 amid massive capital flights during an economic crisis. By Darcy Crowe, Dow Jones Newswires; (58) 414 249 6821; darcy.crowe@dowjones.com Click here to go to Dow Jones NewsPlus, a web front page of today's most important business and market news, analysis and commentary: http://www.djnewsplus.com/
Cierre de actividades CENTRATEC-AVMP Escuela de Ingenieria de las FFAA
De acuerdo al Programa LOCTI, que adelanta la AVMP/CENTRATEC en convenio con la Dirección de la Escuela de Ingenieria de las FFAA; el dia 23 de julio se cerró el año lectivo 2007/2008.
Instalacion del Curso Costo Horarios CENTRATEC FFAA
Acto de Instalación I Curso de Certificación en el MANEJO ADMINISTRATIVO de los COSTOS HORARIOS para la Maquinaria Pesada El día 3 de agosto del año 2005, en la Gaceta Oficial Nº.-38.242, la Asamblea Nacional decretó, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, la cual fue reglamentada parcialmente el 9 de octubre del año 2006 según decreto Nº.-4.891 publicado en Gaceta Oficial del 17 de octubre del año 2006 y perfeccionada con la promulgación del Reglamento Orgánico del Ministerio de Ciencia y Tecnología según Decreto Nº.-5.060 publicado en la Gaceta Oficial Nº.-38.588 de fecha 20 de Diciembre del año 2006. En todos estos cuerpos legales, el Gobierno Nacional, ha legislado para que en Venezuela podamos tener los instrumentos necesarios que permitan desarrollar los alcances constitucionales, que en materia de tecnología, ciencia e investigación, requiere la nación para la promoción, estimulo y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a los fines de fomentar la capacidad, para la generación, uso y difusión del conocimiento y así impulsar el desarrollo nacional. Quiero agregar a estos precedentes legales los contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional publicada en la Gaceta Oficial Nº.-38.280 del 26 de septiembre del año 2005 en la cual se establece como Misión de las F.A.N., la participación activa en el desarrollo nacional así como promover y realizar actividades de investigación y desarrollo que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación; instrumentos legales los cuales, si los concatenamos con el espíritu de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, que en su articulado prevé fundamentalmente las actividades de estudio, planificación y adopción de medidas relacionadas con la preparación y aplicación del potencial nacional para la preservación del patrimonio y si la acompañamos con el mandato legal establecido en la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar la cual nos señala la obligación de contribuir a la capacitación de los venezolanos para que una vez cumplido el servicio estén en mejores condiciones de participar en desarrollo socio-económico de la Nación; podemos por lo tanto establecer que en el día de hoy, 9 de julio del año 2008; gracias a la visión de cooperación y participación que la Fuerza Armada Nacional ha tenido; hemos logrado con la asertiva actividad gremial de la Asociación Venezolana de Maquinaria Pesada al haber fundado el CENTRO de ENTRENAMIENTO y TRANSFERENCIA de TECNOLOGIA CENTRATEC, que hoy podamos realizar el I Curso de Certificación en el MANEJO ADMINISTRAVO de los COSTOS HORARIOS para la Maquinaria Pesada; el cual es la punta de lanza para que componentes de las diversas Fuerzas Armadas de Venezuela, así como civiles comprometidos con el engrandecimiento del acervo académico y técnico de la República, puedan acceder a esta preparación académica y que podemos llevar a cabo con los aportes legales que diversas empresas nacionales, tal como lo establece la Ley, han hecho y esperamos sigan haciendo para la promoción, desarrollo y realización de los planes de Capacitación, Entrenamiento y Certificación, que CENTRATEC y la Escuela de Ingeniería del Ejercito han acordado llevar adelante en el Bienio 2008-2010; los cuales son a saber: •Curso de Certificación en el MANEJO ADMINISTRAVO de los COSTOS HORARIOS para la Maquinaria Pesada •Capacitación, Entrenamiento y Certificación de Operarios de Maquinarias Pesadas. •Capacitación, Entrenamiento y Certificación de Mecánicos de Maquinarias Pesadas. •Programa de Gerencia para Obras de Movimiento de Tierra. •Diplomado en Gerencia para Obras de Movimiento de Tierra. Señores, con la instalación de este Taller en el día de hoy, somos actores y testigos de la aplicación efectiva de instrumentos legales, los cuales fueron promulgados para favorecer el engrandecimiento de la capacidad tecnológica de Venezuela; los felicito y les pido que nos acompañen en el cumplimiento de los alcances académicos aquí propuestos para así construir de forma mancomunada, Pueblo y Ejercito, la Venezuela del siglo XXI que queremos y por la que tanto luchamos. Jaime Parra.
Importantes recomendaciones laborales para el Sector Construcción
En fecha del día de hoy la Cámara Venezolana de la Construcción nos hace llegar la siguiente información: Asunto:Liquidación del Personal – Cláusula 45 Fecha:4 de diciembre de 2007 / Ref: CVC Nº 654/07 Los contratos de obras son contratos a tiempo determinado, razón por la cual el contrato de trabajo entre el empleador y el trabajador tiene un inicio y un final conocido por ambas partes. Es por esta razón que la Convención Colectiva del Trabajo de la Industria de la Construcción (CCTIC) no prevé el pago de preaviso. En cuanto al pago de antigüedad por culminación de la obra, se realiza como señala la cláusula No. 45 de la CCTIC. La base de cálculo para el pago de la prestación de antigüedad, es el “salario” de acuerdo a las definiciones contenidas en la cláusula 1 de la CCTIC y en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) en el “salario” se deben incluir todos los conceptos que lo integran. El “salario” diario se obtendrá dividiendo el monto total mensual en bolívares de todos los conceptos que lo integran, entre 30 días, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 140 de la LOT. Es importante destacar, que la terminación de obra no es causal para cancelar las prestaciones conformes a lo establecido en el artículo No. 125 de la LOT, este artículo sólo se aplica cuando un trabajador es despedido sin causa justificada, previa calificación del despido por ante las autoridades laborales competentes. En aquellos casos que el patrono convenga, fuera de lo contenido en la CCTIC, en hacer algún reconocimiento adicional a lo señalado en el párrafo anterior, no es vinculante para el resto de las empresas de la construcción. En la CCTIC 2007 – 2009 no se convino el pago del artículo 125 de la LOT, por tanto sólo corresponde el pago tal y como lo señala la cláusula 45 de la CCTIC. A la espera de poder contribuir con este aporte a las empresas de la construcción del país,
Como un gran exito, la J.D. de la AVMP; puede calificar, la ACROBATICA, demostración, que realizaron en la fecha del día de hoy; los equipos VOLVO; que nuestra agremiada GRUPO CASCO de VENZEZUELA c.a.; ejecutó hoy en las inmediaciones del Aeropuerto Internacional de la ciudad de Valencia. En los videos que acompañan esta publicación en el primero podremos ver a estos equipos VOLVO en Giros de 360º; escalando promontorios, desplazando TM de arena en cuestión de segundos; excavando, aplanando, trillando; con una eficiencia, rapidez, confortabilidad, que el común de los ciudadanos, no espera que puedan realizar con tal destreza y gracia, unos equipos de tales dimensiones ciclopeas. En el segundo video podremos conocer a los integrantes del GRUPO CASCO de VENEZUELA responsables de esta millonaria inversión; quienes están preparados para atender a nuestros agremiados del sector construcción. Por haber sido testigos de exepción en esta demostración, no nos queda mas palabras que felicitarlos y desearles exitos en su introducción al mercado de la construcción; con la expectativa de poder verlos en acción en la VENTA CONCERTADA 2008 que la AVMP realizará en el Poliedro de CARACAS en el marco de la EXPOCONSTRUCCION 2008.
Empresario Inmobiliario y de Finanzas en las areas de la Ocupacion, Equipamiento y el Desarrollo Territorial con especializaciones universitarias en: Negociaciones, Gobernabilidad, Desarrollo Territorial, Gerencia del Acuerdo Social.